Coordinación de ética de las profesiones

Coordinación de éticas profesionales

La coordinación de ética de las profesiones, surge como respuesta a la demanda de los cursos de ética profesional que imparte el Departamento de Teología de la Sede de Coquimbo.
Es una instancia académica que permite potenciar el trabajo de los profesores que imparten dichas asignaturas.
Como también busca potenciar la formación ético moral declarada en el proyecto educativo de nuestra universidad.

Frentes de acción periodo 2008-2010:


1.- GESTIÓN


ACCIONES:
Coordinación con los jefes de carreras sobre los contenidos y metodologías de las éticas profesionales.
Contacto con otras unidades académicas que imparten ética profesional en la sede; Medicina, Escuela de Derecho.
Establecer red de apoyo con dichas unidades.
Recensión de programas de ética profesional de otras universidades.
Red de contacto con centros de ética.
Contacto y relación con instancias de servicios en el ámbito de la ética en la Universidad y en la Sede Coquimbo (Comité de Bioética).


2.- DOCENCIA:

ACCIONES:


Mejoramiento de las tics para las clases por medio de la creación de una pagina web institucional
Mejoramiento de bibliografía sobre temas de ética profesional.
Consolidación de equipo interdisciplinario.
Coordinación con los profesores de la asignatura
Incorporar metodologías interactivas: actividades en terreno, visita de profesionales, presencia de Colegios Profesionales (Asociaciones Gremiales), foros, talleres, etc

3.- ELABORACIONES (extra de la coordinación)

Trabajo en los programas de asignatura.
Formulación de programas en base a competencias.
Formulación de programas conforme al proyecto educativo UCN, los perfiles de egreso de las carreras…
Recensión de programas ética profesional de toda la UCN
Hacer investigación sobre ética de las profesiones.
Participar en proyectos relacionados con la temática.
Crear espacios que permitan hacer conciencia de la transversalidad de la formación ética de los futuros profesionales, involucrando a los jefes de carrera y académico de las demás disciplinas
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miércoles, 7 de mayo de 2008

UNA ÉTICA PARA LA PROFESIÓN

Mónica Codina

Es en el ejercicio de las profesiones donde se pone de manifiesto la necesidad de reconocer y respetar en la sociedad aquello que es un bien para la persona y que denominamos ética pública. Las sociedades fundan su entramado de relaciones institucionales, profesionales y personales en la confianza, esto es, en la verdad de la palabra dada. Debo poder confiar en que el juez hace justicia, el profesor enseña a mis hijos y la botella de un litro de leche no es de cuarto. Cuando la corrupción habita en las instituciones, empresas o grupos de poder, la sociedad sufre una profunda crisis.

«No hay más ética que la personal, que la mía», éste es el lema de la sociedad contemporánea. Este coletazo del pensamiento moderno contiene una verdad: es responsabilidad personal e intransferible descubrir el bien y el mal que hay en la realidad, en las acciones y en las cosas. El bien y el mal están ahí, o los pongo yo con una acción auténticamente personal.

Y es, precisamente, a esta verdad a la que renunciamos cuando no podemos exigirnos y exigir a nuestros conciudadanos el reconocimiento de algunos bienes indiscutibles y la malicia de algunas acciones personales, trasciendan o no a la esfera pública. La libertad que el hombre moderno ha conquistado ha querido huir de una ética entendida como cumplimiento de una norma extrínseca, constrictiva, asfixiante. Y, como consecuencia, vivimos en una aparente anomia que conduce a una anemia espiritual y, a fin de cuentas, degrada la condición humana: en poco se estima al hombre cuando no se le exige nada. Vivimos hoy de la herencia de un pasado epistemológico que ha renunciado a la capacidad de conocer y derivado hacia la ocultación de sentido del ser, para afirmar al hombre como único constructor del sentido de la existencia. Nos hemos asignado una tarea excesiva.

Hoy somos más conscientes que nunca de la pluralidad y diversidad cultural que habitan en el mundo, pero pluralidad y multiculturalismo no significan en modo alguno relativismo moral, no se traducen necesariamente en una carencia absoluta de auténticos valores humanos, como se pone de manifiesto en el deseo de proteger los derechos humanos fundamentales, o en la posibilidad de hacer un juicio de valor respecto de algunas actuaciones públicas. Son éstas realidades cotidianas que sólo tienen sentido si hay auténticos bienes que el hombre debe respetar, y no sólo privadamente sino en la esfera pública.

El carácter social del hombre hace que éste sólo pueda formarse en el contexto de una tradición. Es en el entorno de una comunidad donde se aprende a hablar, relacionarse, presentarse en sociedad, trabajar, un entendimiento de la vida y un determinado sentido de lo bueno y de lo malo. Del mismo modo, el ejercicio de las profesiones «se aprende» de modo práctico en el entorno profesional.

Sólo trabajando se adquieren los hábitos que llevan a comprender y manejar una situación, tomar decisiones, rentabilizar el tiempo o coordinar la realización de unas tareas. Este aprendizaje comporta el ejercicio de una actuación prudencial, priorizar unos intereses frente a otros y, por tanto, se compone de decisiones que exceden el ámbito de la competencia meramente técnica. La acción profesional siempre comporta, en mayor o menor medida, una responsabilidad social, siempre afecta a la vida de los hombres.

El desarrollo de las profesiones conlleva la consolidación de una determinada praxis profesional que constituye una especie de legado que otorga la experiencia, indicativo de aquellos modos de proceder que son adecuados y eficaces en el desempeño de la propia tarea. Así los «gremios» tienen su propio código de conducta, conocido por los ciudadanos, y por el que se sienten exigidos. Este código de actuación no se encuentra habitualmente legislado, sino que se deriva de los deberes que implica la relación profesional que se establece entre el que desempeña un oficio y el que usa de ese servicio. Algunas profesiones son especialmente sensibles a esta relación: la medicina, la construcción, la abogacía, etc.

Los estándares profesionales se concretan de modo diverso atendiendo a las circunstancias culturales, políticas, sociales, económicas de los lugares donde las profesiones se desarrollan. Es indudable que la actuación del profesional de la información no puede ser la misma en un país que goce de garantías de libertad de expresión, que en un país donde no existe libertad de prensa, o donde las instituciones no son transparentes, las distancias intransitables, o no hay medios técnicos suficientes para obtener la información. Del mismo modo, la comunicación persuasiva se organizará en torno a las marcas, productos y servicios necesarios en cada país, y se asociará a mensajes que sean significativos para su público objetivo.

Por otra parte, la configuración de mundos posibles responderá a aquellas imágenes que resulten próximas y significativas para su creador y para el público al que se dirige.

En el ámbito de la comunicación, es la labor del profesional de la información la que goza de una mayor tradición en la concreción de los estándares profesionales que determinan aquello que es noticia y cómo ha de informarse, el peculiar carácter de servicio a la sociedad que representa esta profesión y la delicadeza de los asuntos que trata hace que estos estándares profesionales estén fuertemente unidos a las dimensiones éticas de la profesión. Si bien en el ámbito de la comunicación persuasiva cada vez se conocen mejor las técnicas que favorecen una comunicación eficaz y en el ámbito de la ficción cinematográfica los estudios técnicos permiten saber cómo realizar un buen trabajo, todavía estas disciplinas no han desarrollado unos estándares profesionales que atiendan a las dimensiones éticas de su trabajo. Sin duda, la técnica permite elaborar una noticia, desarrollar adecuadamente la estructura de una película o construir una campaña persuasiva eficaz. Ahora bien, la pericia técnica no garantiza suficientemente la calidad humana de un trabajo.

Los diferentes modos de entender la actividad profesional, tanto en el ámbito de la información, como de la persuasión o de la ficción, responden a su carácter de profesiones liberales en las que se pone de manifiesto de modo particular el carácter libre del hombre, que se despliega «desde» una cultura y «genera» cultura. Entender la no determinación de la naturaleza humana, sino la necesidad de su despliegue libre es lo que posibilita comprender que la diversidad cultural destaca u oscurece algunos de los valores propios del hombre. Ser conscientes de esta realidad en una sociedad que tiende a la globalización económica y comunicativa es de la mayor importancia. La inculturación de los valores humanos no responde a la ley de la economía, no es un valor de cambio que iguala todo; el conocimiento de culturas diferentes a la propia provoca la reflexión comparativa, pero no debería ahogar los valores auténticos que se encierran en un determinado entorno y sí asumir otros que quizá nunca se han tenido o se han perdido.

Es en este contexto —en que el dinero lo iguala todo, las fronteras geográficas se vuelven próximas y los medios de comunicación son un factor de socialización importante— donde surge la dificultad para entender cómo son compatibles la verdad y la pluralidad, la convicción y el respeto por los que son diferentes, un sentido de lo bueno y de lo malo compartidos y el respeto a la diversidad cultural.
Radicalizar la situación de incompatibilidad de estos elementos significa no haber desentrañado el significado profundo de la condición humana. La perplejidad social que nace de la fuerte experiencia de la pluralidad cultural y de la existencia de diferentes parámetros morales, dificulta dar una respuesta
a la pregunta por el «sentido» y el «contenido» de una ética profesional. Si la moral desaparece de la esfera pública y resulta políticamente incorrecto manifestar el compromiso con la verdad, la justicia, el respeto a la vida o los valores religiosos, ¿cómo puede hacerse presente la ética en el ámbito de las profesiones? Los gobiernos «democráticos» no están dispuestos a pronunciarse en las cuestiones morales más acuciantes de nuestro tiempo, incluso nos podríamos preguntar si no estarán haciendo una dejación de su deber. Está claro que en la política democrática cabe casi todo con tal que esté apoyado por un colectivo, puede que pequeño, pero siempre adinerado, que sepa organizar una campaña de «concienciación social». El ámbito de las profesiones de comunicación es especialmente sensible a esta situación social, no puede dejar de ser unas veces «espejo» y otras «generar» la valoración social que comportan determinados hechos y actuaciones.

Se trata de una situación de feedback en la que no siempre es fácil determinar hasta qué punto se refleja o se contribuye a crear una determinada situación social.

La realidad choca de frente con la conciencia que se tiene de las profesiones de comunicación, pues hace saltar el paradigma de la objetividad, ya que incluso para hacer una fotografía se decide desde qué ángulo se quiere enfocar. Los medios no son sólo medios en el sentido de canales, como los cables de la telefonía, sino que detrás de los medios están las personas que los hacen y que deciden qué se comunica a quién, cuándo, cómo, dónde. Por tanto, no hablamos de medios, sino de mediadores o, si se quiere, de intermediarios que se convierten en un actor más dentro del entramado social.

Significado humano de la comunicación
Informamos sobre acciones o padecimientos humanos que tienen relevancia pública, narramos la vida de los hombres tratando de reconocernos en la expresión de un carácter, movemos la economía de mercado vendiendo, no un objeto determinado, sino la felicidad, la libertad, el confort o un estilo de vida. ¿Cómo puede quedar la acción comunicativa al margen de la valía humana de aquello que
se comunica? El medio por su propia naturaleza tiende a igualar la realidad, en él se cumple el principio según el cual «lo recibido se hace al recipiente», por lo que si se quiere preservar la significación humana de aquello que se comunica, se le ha de otorgar la forma adecuada.

Trabajar en un medio de comunicación informativo supone marcar la agenda de la opinión pública, decidir quiénes son mis fuentes, tomar postura respecto de un problema social. No es posible mantener una posición del todo neutral cuando se ha de mostrar la raíz de los problemas sociales. Puede que no se exprese de modo «políticamente incorrecto» u olvidando la naturaleza propia de la profesión, pero se muestra en el lugar que se otorga a una información, la repetición del mensaje y su formulación. La significación de las palabras connota ya un juicio; así lo pone de manifiesto el uso cotidiano de palabras como ladrón, asesino, estafa, donativo, calumnia, inmigrante o solidaridad. Se narra la historia cuando es importante y también se otorga importancia a la historia cuando se la narra, se puede dar así la categoría de noticia a aquello que en absoluto lo es. Contar una historia implica siempre dar los elementos de juicio que permiten entender el sentido de esa historia. Con frecuencia, informar no consiste en enumerar datos, sino en ayudar al ciudadano a entender, de modo sencillo y claro, qué significan

lunes, 7 de abril de 2008

LAS NORMAS ETICAS EN LA PRACTICA PROFESIONAL

Omar França-Tarragó
Introducción a la Etica Profesional
Montevideo: UCU:Biblioteca virtual de Etica, 2003.


En estrecha relación con los principios antes analizados las reglas morales básicas, son como las condiciones imprescindibles para que aquellos puedan ponerse en práctica. De ahí que sean prescriptivas en toda relación interhumana y por lo tanto, también en la relación profesional-persona. Tal como vimos anteriormente, para los profesionales la relacionalidad típica es la interpersonal, por lo que le corresponden las normas éticas fundamentales que tienen que ver con la confidencialidad, la veracidad, y la fidelidad.


A. LA NORMA DE LA CONFIDENCIALIDAD

Es tradicional la afirmación de que el profesional debe guardar secreto de todas las confidencias que le haga una persona durante la relación profesional y/o laboral.

¿Se puede decir que una empresa como tal tiene derecho a la confidencialidad de los datos que le pertenece? ¿Cual es el límite y el alcance del deber de guardar el secreto de la empresa.
Los trabajadores de una compañía láctea empezaron una huelga por el uso del polígrafo (detector de mentiras) como parte de los exámenes previos al contrato de trabajo. Uno de los sindicalistas decía: “cuanto te hacen esas pruebas te sentìs una basura”. Los trabajadores acusaban a la empresa de que se hicieran preguntas persecutorias e injustas, que violaban la intimidad de las personas, tales como: ¿eres simpatizante de la izquierda? ¿Has tenido algún “progrtama” con alguna mujer que no sea tu esposa? ¿Has robado alguna vez en el trabajo que tenías antes? Si te ofrecieran dinero ¿aceptarías decir datos de la empresa a la competencia? Los gerentes decían, por el contraro, que toda empresa tiene derecho a contratar a los trabajadores que quisieran y que las preguntas apuntaban a averiguar el grado de fidelidad e identificaciòn con el ideal de empresa.

Desde el Juramento Hipocrático, pasando por el imperativo del "secreto de confesión" de los sacerdotes católicos, hasta los modernos códigos de ética empresarial puede observarse que en la práctica de las profesiones:

1. Hay una trayectoria continua en defensa de que los individuos tienen derecho a que se guarde como secreto toda información que se relacione con la intimidad.
2. No no se considera una obligación absoluta sino subordinada al deber de No Perjudicar al inocente.


A.1. Aclaraciones terminológicas

En relación con este tema y la ética empresarial hay una serie de conceptos que están relacionados entre sí y que es necesario precisar desde el comienzo . Veamos algunos de ellos.

La Intimidad puede ser definida como el conjunto de características biológicas, psicológicas, éticas, espirituales, socioeconómicas y biográficas de una persona, en la medida que forman parte de su vivencia o conciencia. En ese sentido podemos señalar específicamente:
Aspectos y circunstancias de la vida familiar: nacimientos, esponsales, matrimonio, divorcio, embarazo fallecimiento, vida sexual y amorosa, costumbres, modos de vivir, desgracias, supersticiones, comunicación conyugal, educación de los hijos, costumbres y ritos familiares
Aspectos y circunstancias de la vida profesional y sus reveses
Aspectos y circunstancias de los esparcimientos: actividades y amistades de vacaciones, lugares de vacaciones,
Aspectos y circunstancias del pasado: orígenes familiares, cuestiones concernientes a la filiación y a la descendencia étnica.
Proyectos de futuro: decisiones en proceso de tomarse, posibilidades de trabajo o de estudio.
Vida de relaciones: amistades, odios, comportamientos en el mundo social que pueden originar críticas al individuo si son conocidas públicamente. Cartas o mensajes escritos u orales que no quieran hacerse públicos.
Aspectos y circunstancias económicas: medios económicos, situación tributaria, rentas, cuentas bancarias
Aspectos y circunstancias religiosas: las ideas, creencias o conductas
Aspectos y circunstancias sanitarias: enfermedades, estados mentales, o momentos de extremo abatimiento, defectos físicos y psíquicos no ostensibles o usualmente ocultados por el individuo. Cumplimiento de funciones fisiológicas corporales o costumbres personales con respecto al cuerpo propio.

Privacidad puede entenderse como el derecho de todo ser humano a disponer de un ambiente geo-social donde ciertos aspectos de su intimidad puedan ser preservados para sí, si así lo desea, sin que hayan intrusiones (físicas o psíquicas) impuestas por otros en ese ámbito que el individuo tiene derecho a reclamar como propio o como íntimo. Forma parte de la privacidad el derecho a la libre circulación por ámbitos públicos sin revelar la identidad; o el disfrace de su imagen corporal para permanecer en el anonimato en aquellas ocasiones en que no actúa desempeñando roles o responsabilidades públicas .
La Ing.Marta Quintana era la Directora de producción de Software Uruguay, una compañía dedicada a la elaboración de software nacional para exportar a la Unión Europea y a los países del Mercosur. La mañana del lunes cuando llegó a la oficina se encontró con un memorandum del Gerente General en la que instaba a bloquear absolutamente toda posible información que se pudiera volcar a la competencia; justo cuando habían nuevas posibilidades de ofertas por parte de la Unión Europea y de bancos argentinos. En el mercado uruguayo de producción de software, en ese rubro específico de performances, Software Uruguay había estado sola hasta el momento. Sin embargo habían competidores muy capaces de ser peligrosos si se introducían en el mismo rubro. Eso hacía muy delicado el mero hecho de que se corriera el dato de que estaban preparando un grupo de programas específicos para ciertas operaciones bancarias de interés para uno de los bancos que más sucursales tenía en el Mercosur. Marta se quedó pensando en dos de sus ingenieros informáticos que habían amenazado que se irían de la empresa si no mejoraban el salario. Pero tenía la seguridad que no iban a cometer semejante falta de confidencialidad, luego de haber tenido tantas posibilidades profesionales en la empresa. Más le preocupaba que el analista Leonardo Campistegui estuviera casado con una de las secretarias de otra de las empresas de Software que, aunque no tenía nada que ver con el area de producción, trabajaba en la oficina de uno de los gerentes. Otros casos similares de gente con parientes trabajando en empresas de la competencia también se daban, pero con familiares más lejanos (un tío y un primo). Dos días después le llegó una llamada del Gerente General que le informaba que habían evidencias de que una información crucial de la empresa se había filtrado a la competencia; y que no podía haber salido de otro lugar que de su departamento. Marta pensó enseguida en Campistegui y lo llamó para una entrevista. De esa conversación surgió que, en alguna ocasión, había estado conversando con su esposa sobre datos muy generales de lo que se estaba haciendo en el departamento de producción y del interés muy prometedor por parte del Banco de la Nación. Pero Leonardo le juró "por su madre" que no había dicho ningún detalle sobre cual era el pedido concreto del banco ni cual era el rubro concreto de servicios solicitados. Por las dudas, Marta quiso hablar personalmente con el Gerente General para ver hasta qué punto afectaba a la empresa la infidencia que se había hecho. El Gerente le informó que la competencia no sólo se había metido en el rubro específico de Software Uruguay sino que había hecho una oferta concreta al Banco de la Nación Argentina. Este había cancelado las tratativas con la empresa, mientras consideraba la contraoferta de la competencia. Obviamente, de no salir el acuerdo, Software Uruguay iba a perder la oportunidad de ganar más de 2 millones de dólares. El Gerente le dijo que quienquiera que fuera sería inmediatamente despedido. Marta volvió a hablar con el Ing.Leonardo Campistegui y le dijo la gravedad de la situación. Este insistió encarecidamente que se tomara en cuenta que los datos conversados con su mujer habían sido muy generales y que jamás habían sido hechos con la intención de que llegaran a la empresa de la competencia. Simplemente lo habían conversando una vez cuando hicieron unas vacaciones en Buenos Aires y pasaban por casualidad por una agencia del Banco de la Nación. Además le rogó a Marta que tuviera en consideración que él tenía una familia de 4 chicos, que mantenía a su madre que estaba en silla de ruedas
y que estaba pagando la casa que acababa de comprar para su familia.
Preguntas para la reflexión
¿Hubo ruptura de la confidencialidad en este caso?
¿Cuáles deben ser las condiciones para valorar que una ruptura de confidencialidad es culpable?

El concepto de confidencialidad, por su parte, se refiere a la cualidad de "reservados" o "restringidos" que tienen ciertos datos sobre uno mismo -por el hecho de pertenecer a la intimidad-; o ciertas informaciones u opiniones privadas que son dichas con la suposición de que su difusión permanecerá controlada por el sujeto que las emite, no solo en cuanto a la extensión de su difusión, sino a la calidad y vía de difusión. Pese a que los límites del término no son aceptados unánimemente y la noción de confidencialidad se confunde con el de confidencia, confesión, confianza, respeto, seguridad, intimidad y privacidad, puede decirse que en un sentido estricto sería la protección de la comunicación entablada entre personas y en un sentido amplio, el derecho a controlar la información referente a uno mismo.

Teniendo en cuenta estos tres conceptos, y ciñéndonos al último explicado, las informaciones vinculadas a la confidencialidad del individuo tienen tres niveles concéntricos de menor a mayor exigencia ética de sigilo:

1º. Nivel más superficial: serían aquellas informaciones respecto a sí mismo que el individuo quiere dar a conocer como parte de su "imagen pública" o socialmente cognoscible. Dentro de este primer nivel los problemas éticos surgen cuando los datos relacionados con la intimidad o privacidad que una persona desea hacer públicos, pueden ser distorsionados por medio de la calumnia o la difamación afectando, de esa manera, su buena fama u honra .

2º. Nivel intermedio: se incluyen aquí aquellas noticias, opiniones o imágenes que el titular hace partícipes de ellas a determinadas personas de particular confianza mediante manifestaciones orales (por ej., las relaciones profesional-persona) o escritas (cartas, etc.) o audiovisuales. Este nivel incluye, por lo tanto, todas informaciones que el sujeto quiere controlar específicamente en relación a su propia imagen corporal o a actitudes correspondientes a ésta, así como al conjunto propio de opiniones, valores o creencias.

3º. Nivel más íntimo: aquellos eventos o informaciones que el individuo excluye voluntariamente del posible escrutinio por parte de quienes son ajenos a los mismos (secretos documentales, diarios o notas íntimas).


A.2. Excepciones al deber del secreto

El secreto merecido de las personas puede llegar a romperse por dos tipos de circunstancias diferentes:
1. En contra de la voluntad del involucrado
2. Por voluntad del involucrado

* En contra de los intereses de las personas o en contra de su voluntad.

1. Cuando las empresas de trabajo quieren obligar al profesional contratado, a revelar los problemas psicoemocionales que puedan tener los trabajadores de la empresa con el fin de lograr el máximo de rendimiento y efectividad, o con el fin de controlar los ascensos en el escalafón de la empresa o institución.
2. Cuando los agentes del gobierno, la policía, los abogados de la parte contraria, o las compañías de seguros, quieren ejercer presión o aún coercitividad sobre la empresa o el profesional para que revele datos de sus clientes.
3. Cuando el profesional sabe la posibilidad de determinadas enfermedades genéticas que la persona se niega terminantemente a que otros lo sepan, pero que podría poner en riesgo la vida, o la seguridad de terceros dentro de la empresa.
4. Cuando hay amenaza de gravísimos daños o perjuicios materiales contra la sociedad entera o contra individuos particulares (ej. la destrucción de una obra de arte, de una biblioteca, un atentado terrorista, etc)

* A favor del interés y la voluntad la persona. En este caso el individuo podría exigir al profesional o a la empresa que los datos que le han sido revelados se divulguen, por motivos que interesan primariamente a la persona pero no al profesional. Esto se daría especialmente cuando la persona sabe que los datos documentales que están en manos de la empresa o del profesional que está a cargo de la organización figuran los resultados de ciertos informes que le pueden ser favorables
1. Por motivos económicos (para justificar una conducta ante compañías de seguro, (en caso de accidente) o ante su jefe de trabajo, etc.
2. Por motivos legales (acusar al mismo profesional, defenderse ante otros, declaración de competencia por haber firmado ciertos documentos, etc.)

A.3. Contenido y justificación de la confidencialidad

¿Es la confidencialidad un deber absoluto? ¿En qué caso se puede romper? ¿En favor de quién se puede romper? ¿Quien es el dueño de la información? ¿Quien puede utilizarla?.

En un sentido utilitario podría afirmarse que esta regla tiene un valor instrumental, en la medida que contribuye a facilitar la confianza entre las personas y la revelacion de datos a los estratos gerenciales que, de otra manera, no se revelarían. Si produce un buen fin, merecería ser mantenida; si es al contrario, habría que quebrantarla. Serían los resultados favorables que se obtendrían con el mantenimiento de esta regla, los que justificarían que se respete la confidencialidad.

La argumentación deontológica sostiene que aunque la confidencialidad favorece la intimidad interpersonal, el respeto, el amor, la amistad y la confianza, su valor no proviene de que con esta norma se alcancen estas buenas consecuencias. Al contrario, el derecho al secreto es considerada por la tradición deontológica como una condición derivada directamente de la dignidad humana y sobre nuestro estatuto de ser personas conscientes, libres y comunitarias. Se trataría de un derecho humano básico. Esta postura sostiene que la relación profesional implica -por sus mismas características-, un acuerdo implícito de secreto, que si se rompe, es inmoral, desde el momento en que se quiebra la veracidad y la fidelidad. La confidencialidad se derivaría del principio de respeto a la autonomía personal afirmado en el acuerdo implícito que se establece al iniciar la relación profesional.

Dice a propósito la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques"

En consecuencia, parece convincente pensar que la confidencialidad es una obligación del profesional, que está en dependencia con el derecho de la persona a enfocar su autonomía como crea más conveniente. No existiría autonomía si la persona no es libre de reservar el área de intimidad o privacidad que desee.

No obstante, la confidencialidad no es una obligación absoluta. Cuando está en juego la vida del mismo individuo o la de otras personas, o existe riesgo de que por guardar el secreto se provoquen gravísimos daños a la sociedad o a otros individuos concretos, esta norma queda subordinada al principio de Beneficencia, que incluye velar no solo por la integridad de la vida de cada persona sino también por el bien común.

A.4. Confidencialidad en la empresa.

La regla de confidencialidad volverá a ser tratada cuando abordemos los aspectos específicos de la etica laboral. La invasión de la intimidad de las personas cuando se hace la selección de personal, por un lado, los controles de los trabajadores por medios informáticos por parte de las empresas, por otro lado, y la protección del anonimato para los casos en los que el trabajador u otros niveles de dirección de la empresa deben informar a sus superiores de las faltas éticas o legales al interior de la empresa, son algunos de los problemas que tienen que ver con el imperativo moral prescrito por la norma de Confidencialidad.

Por último, la empresa como tal tiene derecho a que se guarde en secreto los datos reservados que le pertenecen y que son producto del "saber hacer" propio. Más abajo volveremos sobre esto.


B. LA NORMA DE VERACIDAD

¿Es malo mentir? ¿Es obligatorio para un profesional decir la verdad? Si lo es, ¿Hasta qué punto ocultar la verdad empieza a ser manipulación o no respeto por la autonomía de la persona? Los casos extremos que en la práctica profesional plantean conflicto con respecto a la regla de veracidad, son innumerables.

No sólo el decálogo judeo-cristiano prescribe en su octavo mandamiento el deber de no mentir, sino que prácticamente todas las culturas y civilizaciones han considerado un valor humano fundamental practicar la veracidad para con los amigos. Pero también es una experiencia ética universal la afirmación de que este deber no es absoluto sino que determinadas situaciones autorizan que se justifique mentir.

Ya entre los filósofos griegos, Platón defendía que la falsedad tenía que ser algo que los médicos pudieran usar en caso de necesidad con el fin de beneficiar a la persona (paciente), de la misma manera que se valían de los medicamentos para curar la enfermedad. Con el mismo argumento Platón justificaba que las leyes autorizaran al estado, la posibilidad de mentir a los ciudadanos siempre que fuera en su propio beneficio. La norma de veracidad para Platón estaba subordinada al principio de beneficencia. Y este se derivaba a su vez del mundo de "las ideas", o mundo perfecto, sólo percibible por los hombres libres.


b.1. Noción y justificaciones

Tradicionalmente se ha definido la mentira como la "locutio contra mentem", es decir la palabra dicha, que no corresponde a lo que se piensa. La esencia de la "locutio" (la palabra) es expresar el contenido de la mente, de ahí que en la definición clásica, la mentira sería entonces la locución no coincidente entre la expresión verbal y el contenido conceptual correspondiente de la mente. En ese sentido el que miente utilizaría su facultad de hablar en contra de su propia esencia, que consiste en expresar mediante palabras el contenido de lo que en realidad se piensa.

En la moral clásica no se ha justificado nunca la mentira de forma directa pero sí a través del artilugio de la "restricción o reserva mental". Este se da cuando la persona se expresa de tal manera que las afirmaciones utilizadas son objetivamente verdaderas pero pueden inducir a error en la persona que lo escucha, ya sea por la utilización de términos ambiguos o ininteligibles o por la revelación parcial de la verdad. La restricción mental no constituiría para la moral clásica ninguna perversión de la esencia de la palabra puesto que la expresión verbal es fiel al contenido que está presente en la mente del que habla. Por otra parte el error en el que cae quien escucha, no sería buscado directamente por quien habla -ya que este usa correctamente su facultad de locución- sino a la mala interpretación del mensaje emitido, por parte de quien lo recibe.

Para revisar el tratamiento del tema de la veracidad en los autores contemporáneos es interesante retomar la sistematización que hacen BEAUCHAMP y CHILDRESS Según ellos habrían dos definiciones diferentes del concepto de mentira, que a su vez implicarían dos nociones correspondientes de la regla de veracidad.

Según el primero de ellos, mentira sería una disconformidad entre lo que se dice y lo que se piensa con la mente, pero con una intención consciente de engañar a otro. Por el contrario, el concepto de falsedad se referiría a cuando esa disconformidad no tiene la intención de engañar ni perjudicar a nadie. E incluso, en ciertas ocasiones podría tener el propósito de hacer un bien. Sería la clásica definición de "locutio contra mentem". En cambio si concebimos la mentira como la aseveración de un dato con la "intención de engañar" la regla de veracidad podría entenderse como decir activamente lo verdadero. En este caso, la transgresión a la regla de veracidad se haría por un acto o comisión.

El segundo concepto de mentira según los autores que hemos citado, sería el acto de ocultar la verdad que otra persona tiene legítimo derecho a saber. Si definimos la mentira como "negación de la verdad que se debe a una persona", la regla de veracidad tendría que entenderse como la prescripción de no omitir la información merecida por la persona. En este caso, la falta a la veracidad se cometería por una omisión.

Por nuestra parte, creemos que la fundamentación ética de la norma de veracidad, está en el Principio de Respeto por la Autonomía de las personas. No defender el derecho de las personas a tomar decisiones sobre sus vidas, que no perjudican a otros, sería violar su derecho a la autonomía. Y las personas no pueden tomar decisiones sobre sí mismas si no reciben la información veraz para hacerlo.

Algunos objetan que la verdad absoluta no existe, de manera que el profesional nunca podría estar completamente seguro de lo que ha sucedido o va a suceder. Y si eso es así no tendría obligación de afirmar algo sobre lo que no hay certeza. Este argumento es parcialmente verdadero, puesto que el conocimiento del hombre es limitado. Pero el deber ético de cumplir con la norma de veracidad no consiste en decir la verdad absoluta sino aquella que estamos en condiciones de afirmar en un determinado tiempo y lugar. Otra objeción es la de aquellos que piensan que si se omite una información (es decir, se oculta una verdad merecida) de hecho no se miente positivamente y que todo profesional tiene deber de no decir datos falsos, pero no tiene la obligación de decir la verdad merecida. Creemos que si es cierto que la regla de veracidad lo que posibilita es que la persona ejerza su derecho a la Autonomía, lo que realmente importa para esto es disponer de la información necesaria, y por tanto merecida.

Todos los argumentos anteriores en relación a los conceptos de verdad y mentira así como las justificaciones hechas del deber de decir la verdad están basados en argumentos de tipo deontológico. Sin embargo, basándose en una argumentación consecuencialistas, también los utilitaristas defienden la regla de veracidad. Ellos postulan que, de aceptarse la mentira, se resquebrajaría la relación de confianza que debe existir entre el profesional y la persona, dificultándose la misma relación contractual. Los utilitaristas dirían que un mundo basado en la mentira sería un mundo peor que el basado en la verdad. De ahí que consideren que la veracidad es una norma más útil para la convivencia social que la contrario.

Siguiendo la primera definición vista más arriba, la regla de veracidad sería claramente inmoral en los casos en que se quiera engañar a la persona para hacerle daño o explotarla; pero en aquellas situaciones en que el engaño es imprescindible para lograr beneficiar o no perjudicar a la persona, la calificación de inmoral se hace más difícil. En dichas circunstancias parece justificable decir que la regla de veracidad debe quedar subordinada al principio de no perjudicar a los demás. El ejemplo clásico en este sentido es el del asesino que persigue a la víctima que piensa matar, y pregunta si he visto donde ha ido. Si yo lo sé, la veracidad me obligaría a decirle la verdad, pero con mi información hago que el homicida ejecute su delito. Si le miento, transgredo la norma, pero respeto el deber de toda persona de defender la Autonomía de los demás, que implica como nivel mínimo de obligatoriedad defender su vida e integridad personal. Teniendo en cuenta este ejemplo, podemos decir, que el deber de decir la verdad es una obligación "prima fascie", al igual que en el caso de la norma de confidencialidad. Es decir, debe cumplirse siempre que no entre en conflicto con el deber profesional de respetar un principio de superior entidad, que en este caso es el de Autonomía y el de Beneficencia.

El profesional no sólo está vinculado por la regla de veracidad en el primer sentido que definimos antes (no decir lo falso) sino en el segundo, decir lo que la persona tiene derecho a saber. Los códigos de ética para profesionales generalmente no hablan, como tal, de la regla de veracidad, pero de hecho la plantean cada vez que formulan deberes que tienen que ver con un adecuado conocimiento científico y con una información veraz a sus clientes. Es decir, no admiten como éticamente justificado que -por causa de la ambigüedad o de la falta de información- la persona adquiera del profesional expectativas que no corresponden con la realidad o con la verdad, ya sea de los procedimientos que se usarán en el curso de la intervención o aún de su propia capacitación profesional para resolver ciertos problemas. De ahí que debe evitar todo tipo de engaño o ambigüedad explícitos, y hacer todo lo posible para que su actuación no induzca involuntariamente a malentendidos. Por otro lado debe evitar la ocultación de la debida información, necesaria para preservar la legítima autonomía de los individuos.

b.2 Su finalidad: posibilitar la decisión válida

El derecho fundamental del individuo es a ser respetado como fin y no utilizado como medio. Cada persona en la medida que es centro de decisiones tiene derecho a autodisponer de sí en aquella esfera que le compete a sí. El respeto a la autonomía se posibilita por la regla de veracidad y se instrumenta por el consentimiento. Cuando la veracidad es base de la relación profesional-persona y el derecho a la Autonomía se reconoce como inmanipulable, entonces es posible que se dé un auténtico acuerdo entre iguales, que se debe poner en práctica mediante el instrumento del consentimiento válido. De ahí que una vez que hemos visto los tres principios éticos básicos (Beneficencia, Autonomía y Justicia) y la regla de veracidad, queda por ver desde un punto de vista ético, qué implica el Consentimiento.

Las dos características básicas que debe tener un consentimiento para ser considerado válido es, en primer lugar, que lo haga una persona competente para decidir y por otro, que dicha persona esté en condiciones válidas de hacerlo en esa situación determinada.

1. La primera condición es que la persona sea competente. El término "competencia" -que proviene del campo de lo jurídico- tiene que ver con la capacidad racional general de un individuo para comprender las informaciones recibidas y decidir en consecuencia.

2. La segunda condición para que un determinado consentimiento sea válido es que la persona haya recibido la suficiente y adecuada información.

a. Es suficiente una información como para que se pueda decidir sobre ella si se contiene -tal como lo plantean BEAUCHAMP y CHILDRESS los siguientes datos: los procedimientos que están previstos para una determinada intervención del profesional; los procedimientos alternativos disponibles; los riesgos anticipados y los beneficios que puede obtenerse de esa intervención; así como las fuentes donde adquirir una mejor información si se desea.

b. No basta con una suficiente información. Es necesario saber además, si es "adecuada", es decir, apta para ser comprendida en "esta" ocasión. Podría ser que una persona tuviera la competencia general de tomar decisiones, pero que en "este caso" sufriera múltiples alteraciones que le imposibilitaran recibir la información proporcionada para dar su consentimiento. Pese a tener la competencia general neurológica-psíquica para comprender de forma permanente o transitoria las informaciones recibidas, en un caso dado, aspectos del lenguaje, de categorías simbólicas, de connotaciones sociales, opciones morales, políticas o religiosas, etc. pueden estar condicionando su subjetividad para que su competencia esté temporalmente "bloqueada". Uno de los elementos más dignos de ser cuidados en este sentido es el agobio de conceptos incomprensibles que puede "invadir" al individuo cuando el profesional intenta informarle con palabras que el otro no sabe el significado.

3. Una tercera condición para que el consentimiento sea válido es la voluntariedad. Esto quiere decir, que una persona puede ser competente en general, puede comprender la suficiente y adecuada información que se le proporciona, pero no se encuentra libre para tomar la decisión concreta que se le pide. Ser libre para tomar una decisión no solo tiene que ver con estar sin coerción exterior. También problemas de inmadurez afectiva, miedos particulares, angustias circunstanciales, experiencias de engaño previo, debilitamiento de la confianza en sí mismo y en los demás, fantasías contratransferenciales, etc, son algunas de las tantas causas para que una decisión concreta no pueda hacerse voluntariamente y se vea seriamente afectada la validez de un acuerdo. De más está decir que la presión psicológica que ejerce el profesional en su posición de "poder", puede ser una causa más, para que la voluntad de la persona se vea afectada en su libertad.

Los aspectos antes aludidos nos llevan a pensar que el tema del consentimiento es mucho más complejo de lo que a primera vista parece. Se intrincan aspectos jurídicos, psico-afectivos y culturales, junto con las opciones éticas. Creo que todavía queda mucho por aclarar al respecto, y que el avance de las investigaciones y la reflexión ética irán clarificándolos cada vez más. Cuando tratemos el tema del inicio de la relación volveremos a tratar el Consentimiento Válido y nos detendremos entonces a analizar aquellas situaciones en el que no hay validez para la decisión.

Evidentemente el tema del Consentimiento válido es la pieza de diamante en la relación profesional-persona y es la forma práctica de instrumentar al mismo tiempo la regla de veracidad y el principio de autonomía. Sus condiciones y sus exigencias están en cierta manera delineadas desde el punto de vista ético, tal como lo hemos visto arriba; sin embargo desde un punto de vista legal no siempre está establecido cómo proceder para que ese derecho ético se haga efectivamente real en la convivencia social. Es un campo sobre el que todavía hay mucho para recorrer y debatir.

La regla de veracidad y su instrumentación práctica: la decisión informada o el consentimiento válido desplazan la decisión -que en otras circunstancias estaría en manos del profesional-, a su verdadero lugar: la propia persona. Esta óptica es aplicable a todas las profesiones sin excepción. Aún en aquellas como la medicina -en las que el tema del consentimiento quedaba muchas veces sustituído por la decisión "paternal" del médico que solía juzgar cual era "el mejor interés" del individuo-, se considera que es ilícito la ausencia indiscriminada del consentimiento.


C. LA NORMA DE FIDELIDAD A LAS PROMESAS HECHAS

De nuevo es la profesión médica la que nos permite rastrear los antecedentes históricos más antiguos sobre este tema. La medicina es el grupo profesional que desde más pronto en la historia ha formulado el deber de guardar la fidelidad a las promesas y ha considerado como alto "honor" de sus miembros el conservarlo incólume.

La fórmula del Juramento Hipocrático traducida a un lenguaje secular, incluye los tres elementos que componen una verdadera promesa, tal como veremos enseguida. En primer lugar formula el objetivo del juramento que es hacer todo lo posible por el bien de los enfermos.. En segundo lugar, el juramento hipocrático está hecho delante de testigos:. En tercer lugar establece que el médico está dispuesto a reparar los posibles daños que se deriven de no cumplir la promesa que se jura solemnemente :.

Por Promesa puede entenderse el compromiso que uno asume de realizar u omitir algún acto en relación con otra persona .

Por fidelidad (o lealtad) se puede entender al mismo tiempo una virtud y una norma. Aquí nos referiremos a la fidelidad como la obligación que genera en una persona el haber prometido una promesa o haber aceptado un acuerdo.

Una promesa es diferente a un propósito. Este último implica la voluntad de tener un determinado comportamiento sin que por ello se genere una obligación El que no cumple un propósito puede ser un inconstante, pero no necesariamente es desleal o infiel. En cambio, el que no cumple una promesa es culpable de no haber mantenido la palabra dada y de perjudicar al otro por todas las decisiones que lo hizo tomar a partir de la promesa. Una promesa o acuerdo que no se cumple, equivale a haber afirmado como verdad un acontecimiento que se verifica a posteriori como falso, porque los hechos no están acordes con las afirmaciones que el sujeto ha asegurado categóricamente con respecto al futuro y que han llevado al interlocutor a tomar decisiones de acuerdo a esas informaciones. Al igual que la promesa, la mentira también se refiere a afirmaciones falsas que hace un individuo, y que llevan a que el otro decida según ellas, sufriendo las consecuencias de que son falsas. Pero la mentira encierra afirmaciones falsas con respecto a hechos presentes o pasados, mientras que la promesa es con respecto a hechos futuros.

Desde un punto de vista utilitarista puede decirse que la fidelidad a las promesas es lo que garantiza el mayor bien para el mayor número. Para esta teoría ética la ruptura de los acuerdos sería catastrófico en la mayoría de las circunstancias humanas, de ahí que sostener esta norma sería mucho más "útil" que desconocerla.

Desde una perspectiva deontológica, Ramsey ve en la fidelidad a las promesas, el principio ético básico y fundamental a partir del cual todos los demás principios morales se derivarían. Otros autores piensan por el contrario, que la obligación de fidelidad se explica mejor desde el deber de respetar la autonomía del otro. Para estos autores, quien hace una promesa (explícita o implícita) invoca una "institución" social que es la de asegurar que se cumplirá con una determinada meta o propósito. Eso genera en la persona, objeto de la promesa, una decisión positiva para aceptar lo prometido, que termina siendo manipulada por quien no cumple lo pactado. El que rompe una promesa abusa de la confianza provocada en el que la cree. Podría decirse pues, que la obligación que genera la norma de fidelidad a las promesas es una forma de instrumentar el principio de autonomía puesto que el que cree en una promesa (que resulta falsa), toma una decisión sobre un dato que es últimamente erróneo. En todo caso habría una manipulación de la autonomía de las personas.

Cuando alguien simplemente asevera a otro que le sucederá a este último determinada consecuencia en el porvenir, eso constituye la afirmación de una verdad hacia el futuro que se parece, -en tanto información-, a la que contiene una promesa. Pero ambos tipos de información de cara al futuro generan tipos de confianzas o expectativas que pueden ser cualitativamente muy diferentes. Cuando alguien me afirma que hará algo por mí, yo puedo creer lo que me dice, en virtud de que lo afirma como algo verdadero. Pero cuando alguien me "promete" que hará algo en relación conmigo en el futuro, eso provoca en mí una confianza mucho mayor, por el hecho de que dicha verdad no solo se afirma como verdadera sino como "prometida". Y a mayor confianza en que algo sucederá para mí, más motivado me sentiré a decidir teniendo en cuenta ese futuro esperado. De ahí que toda promesa sea potencialmente más manipuladora que cualquier verdad que simplemente se proclama como posible de suceder. Y aunque en el plano ontológico el contenido de una verdad afirmada y el de una verdad prometida sean el mismo, las expectativas afectivas que generan ambas verdades, son diferentes.

De ahí que la obligación moral que crea una promesa es mayor que la que crea una mera afirmación de verdad con respecto al futuro.

Podría decirse que hay dos tipos de promesas, que por su misma característica generan obligatoriedades distintas: solemne y la ordinaria.

Promesa solemne sería la que cumple estas condiciones:
1. En el momento de proclamarla el que la hace declara contraer el deber de reparación en caso de no cumplirla, o sea, la aceptación de antemano de una pena proporcionada, para resarcir el daño que se hubiera provocado con su no cumplimiento.
2. que haya "solemnidad" en la promesa, es decir que se haga en presencia de testigos o con la firma de un documento escrito,
3. que se haga un juramento ratificador de la promesa.

El ejemplo típico de esta promesa es el Juramento Hipocrático o el que se suele hacer en determinados países antes de que un testigo diga su testimonio delante del Juez o de un tribunal de Justicia.

La promesa ordinaria en cambio, no tiene solemnidad ante testigos, ni juramento ratificador. Y tampoco explicita cual es la pena específica de reparación en caso de no incumplimiento. Este sería el caso de la mayoría de los acuerdos que se entablan entre los profesionales y sus clientes.

Aunque una promesa puede entenderse de diversas maneras también tiene el sentido de acuerdo bilateral, si a la promesa de una parte corresponde como contrapartida la promesa de la otra . Creemos que así hay que considerar el acuerdo que se entabla entre el empresario y el cliente que recurre a sus servicios para satisfacer sus necesidades.

El deber de decir la verdad implica no engañar, no manipular la información dada. El contrato laboral implica un mutuo acuerdo de fidelidad a determinadas prescripciones.

Cómo se conocen las normas éticas

Antonio Argandoña
Profesor Ordinario, IESE, Universidad de Navarra,
y Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico (excedente)



Para empezar, convendrá detenernos un momento en una cuestión importante: ¿dónde se puede encontrar la teoría ética?, es decir, ¿cómo puedo conocer cuáles son las reglas éticas que he de aplicar en mi vida?

Cuando se intenta determinar las reglas de una buena conducción de automóviles, se puede acudir, principalmente, a tres fuentes de información. 1) Estudiar el automóvil, su construcción y estructura, su dinámica y su funcionamiento. 2) Hacer una encuesta entre los conductores de automóviles, o preguntar selectivamente a los mejores de entre ellos, o, simplemente, fijarme en cómo conducen los buenos conductores. 3) Preguntar al constructor y diseñador, para conocer qué es lo que buscaba, lo que consiguió, las limitaciones de su producto y su criterio acerca de cómo usarlo de la mejor manera posible.

Las fuentes de la ética son parecidas a las de la conducción de automóviles porque, en definitiva, estamos hablando de una ciencia. 1) La filosofía estudia el hombre, su fin, su conducta, sus posibilidades y limitaciones. La ética filosófica se basa, pues, en la antropología, y ésta en la metafísica. Claro que, del mismo modo que un mal ingeniero, estudiando un automóvil, puede llegar 3 conclusiones erróneas sobre cómo conducirlo bien, una mala filosofía nos puede llevar a una ética errónea (y la abundancia de teorías éticas existentes hoy en lía, a menudo contradictorias, ya sugiere que hay mucha mercancía averiada -n ese mercado).


2) El estudio de la sociedad y de las costumbres es otra fuente de conocimiento de la ética. Ahora bien, del mismo modo que hay muchas personas que conducen mal, o que ignoran el tipo de máquina que manejan, de tal modo que sus opiniones o criterios no pueden ser, en modo alguno, fuente de reglas para una buena conducción, igualmente el criterio sociológico, el estudio de la legislación positiva o la simple observación de lo que la gente hace no pueden ser -criterios morales definitivos -salvo que dé la casualidad que topemos con una sociedad en que las reglas morales recibidas se viven y trasmiten con seriedad-.


3) La ética de origen religioso es, en definitiva, la respuesta del Creador del hombre -Dios- sobre su obra, sobre cómo hizo al hombre, qué espera de él 1 cómo debe comportarse para responder al criterio de su creador. También aquí hay pluralidad de éticas, quizás porque se tomaron como respuestas divisas lo que, en definitiva, fueron sólo invenciones humanas.

Pero, en el fondo, no hay tres criterios de moralidad, sino uno sólo. Del mismo modo que las reglas dadas por el constructor del automóvil, por el experto ingeniero y por los buenos conductores deben coincidir, la ética de origen religioso, la que se basa en una buena filosofía y los criterios y la conducta moral de los hombres honrados y bien formados no pueden estar en conflicto.

Esto quiere decir que el recurso a criterios religiosos no altera las reglas de una sana ética filosófica, y que la sociología sólo indica lo que la gente hace (que puede coincidir o no con la ética natural o con la moral cristiana), no lo que debe hacer.


Los criterios éticos

El planteamiento de la ética que parece más apto fue iniciado por los filósofos griegos, principalmente Aristóteles, siguiendo un esquema en tres etapas: 1) Conocer el hombre como es. 2) Estudiar el hombre como deberla ser, de acuerdo con su fin. 3) Determinar las reglas que permitirán al hombre pasar de su situación actual a la situación final deseable: éstas son las normas éticas. Esta, pues, es la ciencia que explica cómo debe ser la conducta del hombre, a partir de su situación actual -de cómo es-, para llegar a su fin -el hombre como debería ser-; por tanto, las reglas que llevan al hombre a su perfección.


Lo que la religión cristiana añadió a ese esquema no lo altera sustancialmente. La revelación divina ofrece nueva información sobre el hombre como es -p.ej., su situación tras el pecado original- y sobre el hombre como debería ser -elevado al orden de la gracia, hecho hijo de Dios y llamado a participar de la gloria de Dios en el cielo-. Las reglas éticas derivadas de lo anterior son las mismas reglas de la ética filosófica, pero ahora más sólidas, mejor fundamentadas y con mayor alcance.

El protestantismo parte del esquema anterior, pero cambia sustancialmente el contenido del primer punto: el hombre es hoy, tras el pecado, un ser caído, sin capacidad de levantarse por sí solo, sin otro remedio que la predestinación divina. La segunda etapa, el hombre como debería ser, se mantiene. La tercera, de nuevo, cambia considerablemente, porque el hombre caído no tiene acceso, con su conducta, al final feliz del cielo; no hay reglas humanas capaces de cerrar el abismo abierto por el pecado. Sólo queda la aceptación de las reglas dadas por Dios, sin recurso a la racionalidad humana para entenderlas.

La consecuencia extrema pero lógica de la postura protestante la lleva a cabo el pensamiento moderno. No hay reglas humanas ni divinas capaces de llevar al hombre de su estado actual a su situación definitiva, por la sencilla razón de que no existe un fin del hombre, no hay un modelo, un hombre "como debería ser". Por tanto, si admitimos la existencia de unas reglas éticas, éstas quedarán indeterminadas. Para Aristóteles, la razón era capaz de deducir reglas universales, válidas siempre, capaces de llevar al hombre a la felicidad. Para los católicos, las reglas dadas por Dios coinciden con las reglas de la filosofía -son pues, racionales-, e incluso van más allá en seguridad, riqueza y amplitud de contenido. Para los protestantes, las reglas las da Dios, pero no tienen fundamento racional. Para los modernos, no hay reglas; en todo caso, pueden admitirse unas normas prácticas, a fin de garantizar la concordia humana, las buenas costumbres, la paz social, etc.; pero son normas arbitrarias y, por tanto, mudables.

El criterio que seguimos aquí es el primero, el basado en la religión cristiana y en la filosofía aristotélico-tomista, tanto por convicción religiosa como por su fundamentación filosófica.

La fundamentación antropológica de la ética


Consideramos, pues, que el hombre ha sido creado para un fin, cuya consecución es posible si observa determinadas reglas de conducta, unas de naturaleza técnica (por ejemplo, para hacer fructificar los recursos naturales, para defenderme de los elementos adversos, para dominar la naturaleza, etc.), y otras de carácter ético. Para el hombre, alcanzar el fin es algo bueno, deseable: es un bien. La ética debe explicar, pues, en qué consiste el bien del hombre y cómo se logra ese bien -y, en definitiva, debe acabar lográndolo, porque la ética es una ciencia práctica, que no se limita a estudiar, sino que mueve a hacer-.

No vamos a detenernos aquí en la definición del fin del hombre: nos basta considerar que hay algo que tiene esa condición de fin, y que se puede llamar felicidad, desarrollo como persona, autorrealización, perfección, santidad,... Esas diversas consideraciones del fin no son contradictorias entre sí, sino que se contienen unas en otras; bien entendidas, todas ellas nos llevan a una idea del fin del hombre que, con Aristóteles, llamaremos la felicidad. Al mismo tiempo, todos esos aspectos del fin del hombre se nos presentan como algo que admite más y menos, que se puede conseguir en mayor o menor medida. El hombre, en efecto, tiene una potencialidad infinita, es siempre capaz de hacer más, de lograr más, de aumentar en la consecución de su felicidad o de su fin. Por eso la ética no puede ser nunca una ciencia de mínimos, ni de situaciones límite: todos y cada uno de los actos del hombre están orientados hacia la consecución de ese fin, y son un paso adelante o atrás en el mismo.

No hemos mencionado, en la lista anterior, algunos de los fines que muchos hombres se han propuesto a lo largo de la historia, como el afán de lucro, la ambición de poder, el deseo de placer, etc., porque son fines parciales, contenidos en un fin general. El hombre busca placer, y el poder, y el dinero, y muchas cosas más; pero sólo los puede considerar bienes si cada uno de ellos le permite avanzar en la carrera hacia la felicidad o fin último. En contra de lo que algunos suponen, el afán de lucro, la ambición de poder o el deseo de placer no son malos, pero pueden serlo si se convierten en un fin absoluto, si impiden la consecución de otros bienes y, en definitiva, del fin del hombre.

He aquí, pues, de manera muy sintética, el despliegue de la antropología que sustenta la ciencia ética. La inteligencia del hombre busca el fin del mismo, hasta conocerlo, aunque sea de modo difuso; busca también y encuentra los medios para lograrlo: conoce, pues, el bien y lo que es bueno (o malo), lo que le conviene (o le perjudica). Claro está que su conocimiento no es infalible: puede equivocarse en la identificación del fin y/o en la de los medios.

Luego, la voluntad mueve al hombre a desear lo que es bueno y, por tanto, los medios para lograrlo: quiere el bien y todo lo que se relaciona con el bien, y estimula al hombre a poner en práctica los medios para conseguirlo: la voluntad es como el motor de las acciones. Tambien aquí cabe error: no querer lo bueno, o querer lo no bueno, o no poner el esfuerzo necesario para llevar a cabo lo que es necesario para lograr lo que es deseable.

Pero el hombre conserva siempre su libertad a pesar de todos los condicionantes externos e internos. Su voluntad libre puede optar por un fin o por otro, por un medio o por otro, por actuar o por no hacerlo. El hombre es libre porque es el quien elige sus fines. Y sólo los actos libres tienen una dimensión moral.

El hombre debe actuar para cumplir su propio fin. Conoce, más o menos confusamente, lo que debe hacer, en abstracto: los principios o normas morales que debe aplicar, mediante el sentido moral, que tiene espontáneamente y que él mismo ha cultivado. Lo tiene espontáneamente porque, en cuanto que tiene un fin, se ve movido necesariamente a conseguirlo, lo que significa que conoce, aunque sólo sea de modo general, lo que le lleva a ese fin. Y necesita cultivarlo, porque ese conocimiento no es suficiente, a menudo, para resolver sus dilemas en situaciones concretas. La conciencia moral es, precisamente, la facultad interior que le lleva a ejercer juicios morales, es decir, a dictaminar si una acción le acerca o le aleja de su fin (o es mala). La conciencia moral es, pues, un ingrediente de su naturaleza antropológica, no un criterio sociológico acerca de lo que está bien o mal visto en la sociedad.

Finalmente, los juicios morales formulados por la conciencia se convierten en imperativos deónticos o deberes, en reglas de actuación que el hombre se propone a sí mismo para la consecución de su fin. Estos deberes resumen las reglas morales aplicables a su situación concreta, y le ahorran, por así decirlo, un nuevo acto de deliberación cada vez que se plantee una elección moral. Por eso, frases como "debo llegar puntualmente al trabajo" pueden ser una norma social, o el reflejo de una costumbre, pero más a menudo son la plasmación de esos deberes morales con que los hombres llenamos nuestra vida. Pero -y esto debe quedar muy claro- no son deberes impuestos desde fuera, por la sociedad o por un Dios que nos tiraniza: son la plasmación de unos criterios morales que, a partir de nuestro conocimiento del fin y de los medios, nuestra voluntad nos propone como reglas para nuestra conducta diaria.

No hemos hablado de ley moral: ¿acaso es irrelevante? No, ni mucho menos; simplemente ha quedado implícita en todo lo anterior. Del mismo modo que hay un orden en la naturaleza, que se refleja en la ley natural, hay un orden en el hombre, que se refleja en la ley moral. Es el orden de los medios hacia el fin. Pero el fin -ya lo hemos dichoaunque existe para el hombre, no se le impone, sino que él debe elegirlo. La ley moral no es, pues, necesaria, como ley natural; el hombre puede no cumplirla -aunque, en ese caso, no realizará su finEl objetivo de la ley moral es, pues, la realización del hombre, su perfección, su felicidad, su santidad: el cumplimiento de su fin. Y su aplicación al caso concreto es lo que corre a cargo de la conciencia.

Algunos principios generales


A la vista de todo lo anterior, estamos ya en condiciones de enunciar algunos principios teóricos y prácticos de la ética individual y social, comentándolos brevemente.


1) Toda acción humana tiene un contenido ético

No hay acciones humanas libres que sean moralmente neutras, porque todas están ordenadas al fin del hombre, de un modo directo o indirecto, como fines parciales o como medios para esos fines.

Esto es particularmente importante en la vida de la empresa, donde las acciones suelen valorarse por su contenido técnico-práctico orientado a la eficacia. En efecto, la empresa es una sociedad de hombres que pretenden lograr un fin común -en términos genéricos la obtención de bienes y servicios para atender necesidades manifestadas en el mercado-. Pero cada acción de todos y cada uno de los hombres que participan en la actividad empresarial (como directivos, propietarios, trabajadores, asesores, clientes, proveedores, etc.), tiene su propia motivación personal, o mejor, una gama amplia y cambiante de motivaciones personales.

La tarea del directivo consiste, precisamente, en unificar las actuaciones de aquellos agentes, impulsando cada uno por sus propias motivaciones, de modo que al final se alcance el fin común de la empresa y que, al mismo tiempo, se satisfagan razonablemente los fines privados en cada uno de los sujetos (esto último, como condición para la continuidad de su colaboración en la empresa y para su propia realización como personas). Claro que no se trata de seguir un mero equilibrio de intereses, sino de un verdadero servicio al bien común de la empresa, que es su función.

Por tanto, en las actividades de la empresa hay una dimensión técnico dirigida a la eficiencia -la consecución de los fines de la empresa con el menor esfuerzo o gasto de recursos posible-, y otra ética, en cuanto que cada acción de la empresa, que es acción de hombres libres, debe contribuir también a la realización de los fines personales de los sujetos, esto es, a su bien (porque son parte del bien integral o fin último del hombre).

La distinción entre ética y eficiencia es muy importante, porque los criterios que garantizan la moralidad de una acción no tienen por qué estar de acuerdo con su eficiencia técnica, y viceversa. Esto quizás necesita una matización, porque el bien del hombre es integral y, siendo el hombre un ser social, no puede desligarse del bien de los demás. Esto quiere decir que una acción no ética, que perjudica al menos a una persona, porque le impide alcanzar su fin (o, al menos, lo hace más difícil), aunque aparentemente sea eficiente, no lo será, en el fondo. La razón última es que todas las acciones humanas ponen en marcha procesos de aprendizaje (adquisición de virtudes y vicios) que alteran las conductas, haciendo inestable (y, a la larga, ineficiente) una situación que previamente parecía no serlo. Del mismo modo, una acción ineficiente puede no resultar ética si se debe a la falta de preparación, aplicación o diligencia por parte de una persona que, por su puesto en la empresa, tenia obligación de serlo.

2) El criterio objetivo de la moralidad es el bien del hombre

El criterio objetivo de la moralidad de una acción es el bien del hombre o, como recuerda frecuentemente Juan Pablo II, con palabras de Pablo VI, "el bien de todo el hombre y de todos los hombres"-. Los otros criterios de moralidad se reducen, en definitiva, a éste.

Nótese que se trata de un criterio general, que exige una tarea de aplicación a cada caso concreto, porque no siempre resulta fácil precisar lo que es el bien del hombre, en cada caso; o porque surgen conflictos entre bienes alternativos, o entre bienes de una persona y de otra; o porque hay bienes que llevan consigo males, etc.

El criterio del bien del hombre empieza por el propio sujeto agente: coma ya decía Sócrates, el que hace un daño a otro se hace más daño a sí mismo, al impedir o dificultar la realización de su propio fin, de su propia felicidad. Esto es importante, porque nuestra sociedad suele valorar los daños (físicos o económicos) hechos a otros, y tienden a quitar importancia a las acciones (morales) que perjudican a uno mismo.

3) El respeto a la dignidad de la persona

La primera manifestación del criterio anterior es el respeto a la dignidad de la persona: de la propia y de la de los demás. Su origen está, una vez más, en la naturaleza: el hombre consta de cuerpo y espíritu, y es en éste donde radica el fundamento de su dignidad, porque del espíritu brota la racionalidad, la capacidad de entender (inteligencia) y actuar libremente (voluntad), poniéndose fines e identificando y poniendo los medios para lograrlos. Precisamente su libertad le permite autoconocerse y autodeterminarse, lo que lo hace diferente de las demás criaturas materiales. El hombre es, pues, un serpersonal, un individuo separado de los demás, irreducible a los demás, único, irrepetible, permanente. Y como persona libre, es sujeto de derechos y obligaciones.

De todos modos, es difícil que la dignidad de la persona quede suficientemente refrendada por los criterios anteriores. Afortunadamente, la ética cristiana ofrece un criterio superior: el hombre -todo hombre y toda mujer- es creado por Dios, es una criatura querida por Dios, a la que éste ha manifestado su amor, elevándola a la condición de hijo adoptivo. Los demás son, pues, tan dignos como yo, porque todos compartimos la misma dignidad de criaturas amadas por Dios, de hijos de Dios. Donde este criterio no es admitido, el atropello de los demás acaba siendo una norma práctica de actuación.


Algunos principios morales prácticos

Los principios generales citados dan lugar a un conjunto de principios prácticos que orientan directamente la actuación ética del hombre, como ser personal y social. He aquí algunos de esos principios.

1) Hay que hacer siempre el bien y evitar el mal

Hay que hacer siempre el bien y evitar el mal es el principio fundamental de la moralidad práctica, un principio al que todo hombre tiene acceso por conocimiento natural (aunque cabe, eso sí, error en la apreciación de lo que es el bien en un caso determinado, o de los medios adecuados para lograrlo).

De ese principio de derivan varios corolarios:

a) El hombre tiene el deber de buscar el bien, de conocer lo que es bueno. Ello lleva consigo el deber de conocer la ley moral (natural y/o religiosa) y de formar la conciencia, de modo que siempre esté en condiciones de tomar las decisiones correctas desde el punto de vista ético.

b) Se debe seguir siempre el dictamen de la propia conciencia (se entiende que cuando ésta está bien formada), porque ella es, en definitiva, el criterio inmediato de moralidad de nuestras acciones.

c) Se debe hacer siempre el bien.

d) Nunca se debe hacer el mal. Comentaremos juntos estos dos principios. Como toda acción tiene un contenido ético, hay que hacer siempre acciones buenas, no malas. Este es un principio que no admite excepciones: nunca está permitido hacer e1 mal. Otra cosa es que, en cada ocasión, se pueda determinar con facilidad y seguridad qué es lo bueno o lo malo. O cómo hay que actuar cuando una acción buena produce efectos malos (acción de doble efecto).

A veces se plantea la ética como una ciencia de dilemas, de situaciones en las que es casi imposible no hacer el mal. Esto ha dado lugar a criterios moralmente erróneos, como el de, ante la necesidad de hacer el mal, hay que optar por el mal menor. Pero éste -hacer el mal, aunque sea mínimo- no puede ser nunca un criterio éticamente aceptable. En la mayoría de los casos suele existir una solución buena, aunque sea mucho más ardua (llegando por ejemplo al martirio). Y casi siempre que se llega a una situación límite, es por falta de previsión, diligencia o capacitación (en definitiva, por no haber actuado ética y técnicamente bien con anterioridad). Así, muchas empresas que se ven obligadas a cerrar en una crisis no supieron diversificar a tiempo sus actividades, o tomar las provisiones necesarias para evitar la gravedad de la recesión, etc. (aunque esto, obviamente, no es una regla general).

e) ¿Se debe hacer todo el bien que sea posible? Ya hicimos notar que la perfección humana no es cuestión de sí o no, sino de grados. Una persona que aspire a la perfección debe hacer siempre las acciones mejores que estén a su alcance. Pero esto no puede imponerse como un principio general.

De todos modos, si la perfección consiste en la caridad, las acciones hechas por amor (a Dios o al prójimo) deben ser cada vez más ricas en caridad; una acción menos perfecta, desde este punto de vista, reduce el grado de perfección del que la ejecuta. En este orden de cosas, el que pretende alcanzar cotas altas de perfección personal (o felicidad, o santidad, o amor a Dios) debe hacer siempre actos más ricos en caridad que los anteriores.

A partir del principio de hacer siempre el bien y evitar el mal se puede intentar una lista de aplicaciones concretas, de bienes que hay que hacer (y, consiguientemente, de males que hay que evitar). Se trata, sin embargo, de un trabajo inútil, porque la lista de bienes (y males) sería infinita. Sin embargo podemos mostrar algunos de esos bienes, a partir de los caracteres centrales del hombre, y cómo se convierten en imperativos morales.

En primer lugar, como ser, el hombre tiende a la conservación de su ser. Ese será, pues, un bien del hombre, que se traducirá en los consiguientes deberes -deber de conservar la vida, la salud, la integridad física, etc.- y que dará lugar a otros bienes secundarios, necesarios para conseguirlo (alimento, cobijo, defensa, etc.).

En segundo lugar, siendo el hombre un ser viviente, la propagación de la especie será un bien para él, y lo serán también los derivados del mismo (creación de una comunidad estable de personas abiertas a la procreación, educación de la prole, etc.). Con todo, el deber de propagar la especie, no es un deber de cada hombre, sino del conjunto de los mismos.

Tercero, el hombre es ser racional; el conocimiento es, por tanto, un bien del hombre, y surge del mismo el deber de buscar la verdad.

Cuarto, el hombre es un ser racional, abierto a la trascendencia. De sus relaciones con la naturaleza (dominio) surge el bien del trabajo y el consiguiente deber de trabajar. De sus relaciones con los demás surgen bienes y deberes como el de respetar los bienes materiales y espirituales de los demás, el de ayudar al desarrollo de otras personas, el de la amistad, etc. Y de sus relaciones con Dios surge la religiosidad como bien, y el deber de practicar la religión.

Hay que hacer siempre el bien. Y hemos explicado algunos caracteres de los bienes del hombre. Pero, ¿qué es lo que hace buena o mala una acción? ¿Qué es lo que define su moralidad?

2) La acción humana se define por la intención y la operación de modo concurrente e inseparable

En una acción podemos encontrar dos componentes. 1) La intención del agente, es decir, la motivación que le lleva a hacer algo. Es verdad que puede haber muchas motivaciones en una acción, pero siempre habrá una primordial, lo que por encima de todo lo demás persigue el agente, sin lo cual la acción no se realizaría: ésta es la intención, el fin del agente. 2) La acción u operación propiamente dicha, que el agente toma como medio para conseguir su fin propio.

La acción humana se define por la totalidad por ambos aspectos, intención y operación, de modo concurrente e inseperable. Toda acción tiene una intención (salvo que sea fortuita); toda intención ya supone una acción, aunque sea meramente interna (el deseo o el propósito de hacer algo). Lo que el principio sostiene es que no basta que la intención sea buena, ni que lo sea la acción: lo han de ser ambas a la vez.

La importancia de la intención es clara: tratándose de un acto de la voluntad por el que se quiere algo como fin, la intención es la que da unidad a la conducta. Por tanto, una intención mala convierte en mala una acción de suyo indiferente y aun buena (p.ej., dar limosna a un necesitado para que se emborrache). Pero no basta la intención buena para hacer buena una acción de suyo mala (p.ej., matar a un inocente para evitarle un sufrimiento). Ni los medios justifican el fin, ni el fin justifica los medios: ambos han de ser correctos, desde el punto de vista ético.

Este principio se traduce en una regla práctica para juzgar la moralidad de una acción, a partir del objeto, el fin y las circunstancias de la misma.

1) El objeto es aquello a lo que tiende la acción, desde el punto de vista moral, el fin de la acción. Así, poner una inyección no es el objeto moral de una acción, porque puede ser de veneno o de medicina. El objeto será, pues, matar -si se pone una inyección de veneno- o curar -si es de medicina-.

2) El fin es lo que se persigue con el acto, el fin del agente (el fin relevante es el principal, si hay varios): el objeto del acto de la voluntad que llamamos intención. El fin de la acción consistente en poner una inyección de veneno puede ser malo (la venganza, p.ej.), o bueno (la compasión por el que sufre); también el fin de la acción consistente en poner una inyección de medicina puede ser bueno (curar) o malo (matar, porque se cree, erróneamente, que en vez de medicina contiene veneno).

3) Finalmente, las circunstancias son aspectos accesorios que no cambian la sustancia de la moralidad de la acción, pero la afectan. Las circunstancias son capaces de cambiar accidentalmente en malo un acto bueno por el fin y el objeto, pero no viceversa. Así, la acción buena de poner una inyección de medicina con la intención de curar puede convertirse en moralmente mala por las circunstancias si, p.ej., sabiendo que corre peligro la vida del paciente, la pone una persona inexperta y sin cuidado; o si la pone un enfermero bajo los efectos del alcohol o de las drogas.

La regla práctica es que tanto el objeto como el fin y las circunstancias deben ser conformes al fin último. Por tanto, sólo es buena acción cuando son buenos el fin (curar, en nuestro ejemplo), el objeto (poner una inyección de medicina) y las circunstancias (con las debidas precauciones y conocimientos, etc.).

Esta regla se complementa en otras derivadas de ella: 1) El fin no justifica los medios (ni los medios justifican el fin). 2) Una obra es moralmente buena cuando lo son todos sus componentes (objeto, fin y circunstancias). 3) Una obra es moralmente mala cuando lo es cualquiera de sus componentes. 4) Una obra indiferente por el objeto no lo es nunca por el fin (es otra manera de expresar el principio general de que toda obra tiene una dimensión moral). 5) Las circunstancias pueden hacer malo un acto bueno, accidentalmente, pero no pueden hacer bueno el acto malo.

3) Haz a los demás lo que desearlas que te hiciesen a ti

Este principio tiene también otras versiones, negativas unas ("no hagas a los demás lo que no desearías que te hiciesen a ti") y positivas otras ("el bien de los demás es tan digno de respeto como el mío"); pero, como veremos luego, las implicaciones son muy diferentes en uno y otro caso.

Este principio no prohíbe a cada uno dedicarse a sus asuntos: el bien propio es bien, y como tal debe ser hecho. Además, es un bien del agente mismo, y es razonable que lo desee de modo particularmente intenso. Pero el principio sostiene que el derecho a procurar mi bien no puede significar el mal para los demás: no tengo derecho a discriminar contra ellos. Esto es más difícil de ejecutar, porque el bien ajeno no lo experimento con la misma viveza como el bien propio: por eso el desarrollo del hombre, el crecimiento en la virtud consisten en la capacidad de moverse libremente por el bien ajeno.

El bien de los demás es, sobre todo, el bien básico, profundo, el que les lleva a la felicidad, a la plenitud, y ése es el que debo buscar, en primer lugar, con preferencia a bienes secundarios, como la riqueza. Al propio tiempo, este principio admite una gradación, desde el enunciado negativo -"no hagas a los demás lo que no desearías que los demás te hagan a ti"-, que señala mínimos, hasta el comportamiento totalmente generoso consistente en hacer a los demás todo el bien posible, que es la perfección del amor.

En cuanto consideramos nuestra conducta respecto de los demás, hemos entrado ya en los aspectos sociales de la moralidad. A ellos se refieren los siguientes principios prácticos.

4) Primacía del bien común

Cuando hay conflicto, el bien común tiene primacía sobre el bien privado, si son del mismo género. Hay, pues, un ámbito de actuación en la búsqueda del bien privado, pero si éste choca con el bien común, éste es prioritario.

Conviene precisar que el bien común no es el bien de la mayoría, ni un conjunto de bienes de provisión y disfrute público, ni una forma de redistribución de la renta o de la riqueza, ni la propiedad colectiva de esa riqueza, etc. El bien común es el bien del que participan todas las personas integrantes de la comunidad. El modo de organización social puede variar en función de las condiciones de tiempo y de lugar, pero siempre ha de ser acorde con el bien común. Y como el sujeto moral es siempre el hombre, no una sociedad abstracta o un colectivo de seres indiferenciados, el bien común se manifiesta en el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones menores y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de su propia perfección.

5) Principio de solidaridad

Todos los individuos y grupos deben colaborar al bien común de la sociedad a la que pertenecen, de acuerdo con sus posibilidades.

Este principio lleva consigo diversas implicaciones: cada uno debe desarrollar sus propias capacidades, como medio para contribuir al bien común; la organización social debe ayudar y favorecer la mejoría de las personas; cada persona debe considerar activamente qué obras de servicio debe llevar a cabo en su cooperación al bien común, etc.

6) Principio de la máxima libertad posible

La libertad del hombre es, como vimos antes, necesaria para que sus obras tengan una dimensión moral. De todos modos, su ejercicio ha planteado muchos problemas -y pseudoproblemas- en relación con el bien común y los principios sociales de la ética. Es importante encontrar el equilibrio entre libertad individual y cumplimiento del fin de la sociedad. A ello se dirigen los dos principios anteriores, que deben completarse con éste: se debe promover la máxima libertad de actuación de los individuos y de las sociedades, sin restringirla salvo en lo que sea necesario para el bien común.

7) Principio de subsidiariedad

Lo que puede hacer el inferior (individuo o sociedad menor) no debe hacerlo el superior. La tarea del superior no es sustituir al inferior, sino suplirle en lo que no puede o no se ve en condiciones de hacer.

Esto implica que las acciones se deben asignar siempre al escalón inferior que pueda llevarlas a cabo. Al mismo tiempo, este principio ayuda a definir el papel de la sociedad que no es de sustituir a sus miembros, sino de ayudarles a que se desarrollen por sí mismos.


8) Principio de la participación social


Todos los hombres tienen derecho a participar en la organización y en la dirección de las sociedades en que participan, según sus posibilidades y capacidades. Es una consecuencia de la libertad y sociabilidad del hombre, y de la dignidad e igualdad fundamental entre todos.

9) Principio de autoridad o de unidad de dirección

Complementa al anterior, en cuanto que la sociedad necesita una autoridad que la gobierne, según la recta razón, para la consecución de sus fines. La participación de todos no puede ser obstáculo a ese principio de autoridad.

Conclusión

Todo lo anterior no es sino un esbozo del contenido de la ciencia ética. Podemos resumirlo en las siguientes conclusiones:

1) La ética se basa en la antropología, en cuanto que refleja la concepción del hombre que se tenga. En este orden de cosas, la antropología aristotélica parece la base más adecuada para una ética correcta.

2) La ética religiosa no cambia la razonabilidad de la ética filosófica, aunque le añade solidez, seguridad y amplitud.

3) La ética parte, en definitiva, del ser real del hombre y de su fin, para desarrollar las reglas que permiten alcanzar ese fin a partir de aquella situación de partida.

4) Toda acción humana tiene una dimensión ética, que le viene dada por su conexión con el fin del hombre.

5) El criterio objetivo básico de la ética es el bien del hombre. Los demás criterios son, en definitiva, desarrollos de éste.

6) La ética debe considerar no solo la condición personal del hombre, sino también su sociabilidad. Hay, por tanto, deberes éticos que se refieren al ser personal del hombre, y otros que afectan a su condición de ser relacional -ante Dios, ante los demás y ante la naturaleza-.

7) Los principios éticos no son recetas de aplicación inmediata; no sustituyen el papel de la conciencia ni la obligación del hombre de conocer la ley moral y de formar su conciencia.

Notas

1 Quiero manifestar mi deuda con el Prof. Doménec Melé, del IESE, pues he utilizado ampliamente el material docente preparado por él para el curso de Etica de la Empresa. Junto con mi agradecimiento quiero manifestar claramente que cualquier error u omisión que se observe es sólo mío.